Un juzgado de Granada ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa seguida contra Juana Rivas por un delito de sustracción de menores, al considerar que no resulta debidamente justificado que lo cometiera.La resolución, dictada por la magistrada Susana Álvarez Civantos, pone fin en esta fase procesal a la investigación iniciada a raíz de la denuncia presentada por su exmarido, Francesco Arcuri, en marzo de 2025, después de que el hijo menor de ambos, cuya custodia la tiene el padre en Italia, no regresara a casa tras las vacaciones navideñas en España.El auto de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia 4 de Granada coincide con la posición mantenida por la Fiscalía, que solicitó recientemente el archivo de la causa al considerar que las diligencias practicadas no aportaban elementos suficientes para formular acusación contra Juana Rivas por un delito de sustracción de menores, informa en un comunicado Aránguez Abogados, el equipo jurídico de Rivas.La resolución destaca que la actuación de Juana Rivas se desarrolló "a través de los cauces legales y judiciales disponibles", recurriendo las decisiones que consideraba perjudiciales para su hijo, que tenía entonces 11 años, y solicitando judicialmente la suspensión de la entrega.Cuando el Juzgado de Primera Instancia 3 de Granada acordó finalmente la entrega del menor para su regreso a Italia, Rivas cumplió la resolución judicial, según el auto, que subraya que no existieron incumplimientos reiterados posteriores y que, una vez requerida judicialmente, procedió a la entrega, informan sus letrados.La resolución considera especialmente relevante que, en el momento en que se presentó la denuncia, la situación se circunscribía al incumplimiento de una resolución civil italiana que estaba siendo recurrida y cuya suspensión se había solicitado judicialmente.El Juzgado concluye que esa situación "no alcanza por sí sola la gravedad necesaria para integrar el delito de sustracción de menores del artículo 225 bis del Código Penal", que exige un incumplimiento grave de la resolución judicial y una actuación dolosa.Añade, según el despacho de abogados, que las actuaciones posteriores de Rivas y de su representación procesal se desarrollaron utilizando los procedimientos legalmente previstos, y recuerda que cuando se produjo un requerimiento efectivo para la entrega del menor, se dio cumplimiento "inmediato" a la resolución judicial.Aránguez Abogados valora "muy positivamente" una resolución que, tras una extensa investigación judicial, dice, hace que se vaya "demostrando la verdad"."La resolución confirma algo que hemos sostenido desde el inicio: Juana Rivas no actuó al margen de la Justicia, sino utilizando los instrumentos legales y procesales disponibles para tratar de proteger a su hijo. Y cuando existió una resolución judicial que ordenaba efectivamente su entrega, la cumplió", añaden.Para la defensa de Rivas, resulta "significativo" que el Ministerio Fiscal y el Juzgado hayan coincidido finalmente en la inexistencia de elementos suficientes para sostener una acusación penal por sustracción de menores.El auto, con fecha de ayer jueves, acuerda en consecuencia el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones.Aránguez Abogados recuerda que Francesco Arcuri sigue siendo juzgado en Italia por delito de maltrato, físico y psíquico, a sus hijos.
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