Son tres los principios fundamentales del DIH que rigen la conducción de las hostilidades, es decir, los enfrentamientos entre las partes en conflicto: distinción, proporcionalidad y precaución. Son de naturaleza consuetudinaria y todas las partes —Estados, grupos armados no estatales y personas civiles que participan de manera directa en las hostilidades— deben cumplirlas en todas las circunstancias, en todos los conflictos armados, internacionales y no internacionales. Ciertas categorías de personas y objetos como las unidades, el transporte y el personal sanitarios, los objetos indispensables para la supervivencia de la población civil y las instalaciones que contienen fuerzas peligrosas, gozan de una protección mayor, adicional (ver más adelante la pregunta sobre la protección de la infraestructura civil).
Los principios y normas que rigen la conducción de las hostilidades se aplican siempre que se produzcan enfrentamientos en el marco de un conflicto armado: ya sea en tierra (operaciones terrestres), en el aire (guerra aérea) o en el mar (guerra naval), así como en el ámbito cibernético (operaciones cibernéticas) y en el espacio exterior.
Los principios del DIH y las normas que rigen la conducción de las hostilidades tienen el objetivo de proteger a la población civil de los efectos de las hostilidades. Para ello, buscan el equilibrio entre la necesidad militar y la humanidad, mediante la imposición de prohibiciones y restricciones a las armas, los métodos y medios de guerra que las partes en los conflictos pueden usar.
El principio de distinción exige que las partes en conflicto distingan siempre entre combatientes y personas civiles, y entre objetivos militares y bienes de carácter civil, como la vivienda, la infraestructura civil y el medio ambiente. Las partes solo pueden dirigir sus ataques contra los combatientes, nunca contra la población civil; y solo contra objetivos militares, nunca contra bienes de carácter civil. Los ataques indiscriminados, principalmente los que no se dirigen a objetivos militares específicos como la norma lo exige, que no pueden ser dirigidos de esa manera, o cuyos efectos no pueden impedirse como lo exige el derecho internacional humanitario, también están estrictamente prohibidos. Del mismo modo, están prohibidos los actos o amenazas de violencia cuyo principal propósito es sembrar el terror entre la población civil y hacer padecer hambre a la población civil como método de guerra.
Los ataques dirigidos contra combatientes u otros objetivos militares deben respetar el principio de proporcionalidad. Esto quiere decir que queda prohibido lanzar un ataque cuando sea de prever que cause incidentalmente muertos y heridos entre la población civil, daños a bienes de carácter civil o ambas cosas, que sean excesivos en relación con la ventaja militar concreta y directa prevista. Dicho de otro modo, un objetivo militar puede ser atacado solo después de una evaluación que conduzca a la conclusión de que las pérdidas de vida y los daños a la población civil no son desproporcionados en relación con la ventaja militar prevista.
El principio de precaución exige que todas las partes en un conflicto armado cuiden constantemente a la población civil y a los bienes de carácter civil de los efectos de las operaciones militares. Dado el riesgo considerable de daño a las personas civiles al ejecutarse un ataque, el DIH impone obligaciones detalladas a quienes planifican, toman decisiones o llevan adelante ataques. En particular, debe tomarse todas las precauciones factibles:
- verificar que los objetivos sean militares;
- evitar, y reducir, en todo momento, la pérdida incidental de vidas civiles, las heridas a personas civiles y el daño a bienes de carácter civil;
- evaluar si es de prever que el ataque viole la regla de la proporcionalidad;
- cancelar o suspender un ataque si es evidente que violaría los principios de distinción o la regla de proporcionalidad;
- dar aviso con la debida antelación y por medios eficaces de todo ataque que pueda afectar a la población civil.
El DIH también exige que las partes en un conflicto armado protejan a la población civil y a los bienes de carácter civil bajo su control de los efectos de los ataques. Es frecuente que los militares coexistan en las ciudades con las personas civiles y los bienes de carácter civil. Para las partes involucradas en hostilidades urbanas u otras zonas pobladas, esta coexistencia presenta importantes desafíos, tanto desde el punto de vista militar como con miras a evitar los daños civiles. Como la guerra urbana entraña peligros específicos para la población civil, la protección que les confieren los principios y las disposiciones del DIH es crucial.