Afecta a la vivienda en propiedad, al alquiler y a los autónomos
20/02/2026 Actualizado a las 01:10h.
Muchos contribuyentes dan por hecho que el seguro de su casa desgrava de forma automática, pero la normativa de la Agencia Tributaria es estricta al respecto. En la declaración de la Renta 2025, que es la que se presenta en el año 2026, el seguro de hogar solo tiene impacto fiscal si se vincula a una inversión específica o a la generación de rentas. No es una deducción universal por el simple hecho de ser propietario.
Hay los tres supuestos legales donde puede aplicar, según explica la Agencia Tributaria en su Manual de la Renta:
1. Deducción por inversión en vivienda habitual (Régimen transitorio)
Si compraste tu casa antes del 1 de enero de 2013 y tienes derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual, puedes incluir el coste del seguro de hogar en la base de la deducción.
La condición es que el seguro debe estar vinculado obligatoriamente a la concesión de la hipoteca, por ejemplo, el seguro de incendios o daños exigido por el banco siempre que estén incluidos en las condiciones de los préstamos hipotecarios obtenidos para la adquisición de la vivienda habitual, gastos de apertura y cancelación del préstamo hipotecario... El importe se suma a las cuotas del préstamo, con un límite conjunto de 9.040 euros anuales.
Este límite se aplica en idéntica cuantía tanto en tributación individual como en conjunta. El exceso de las cantidades invertidas sobre dichos límites no puede trasladarse a ejercicios futuros.
Si el contribuyente es el propietario del inmueble y se deduce su coste por inversión en vivienda habitual, el seguro del hogar se incluye en las casillas 547 y 548, donde se consigna la deducción por inversión en vivienda habitual.
La deducción se determina aplicando un porcentaje a la base de la deducción, siendo del 7,5 % para el tramo estatal y para el tramo autonómico o complementario, salvo en el caso de que las Comunidades Autónomas aprueben porcentajes especiales para el tramo autonómico.
2. Propietarios con viviendas en alquiler
Si eres arrendador, el seguro de hogar no es una deducción, sino un gasto deducible para calcular el rendimiento del capital inmobiliario.
La ley permite deducir las primas de contratos de seguro, tanto de responsabilidad civil como de robo, incendio o similares, siempre que el inmueble esté alquilado. Esto reduce directamente la base imponible sobre la que se pagarán impuestos por ese alquiler.
3. Autónomos que trabajan desde casa
Si eres trabajador por cuenta propia en estimación directa y tienes parte de tu vivienda afecta a la actividad económica, puedes deducir la parte proporcional del seguro.
Para calcularlo, se aplica el porcentaje de la vivienda que se utiliza para la oficina o taller sobre el coste total de la póliza.
Si no estás en ninguno de estos casos (por ejemplo, si compraste tu casa después de 2013 y vives en ella), el seguro de hogar se considera un gasto de consumo personal y no tiene reflejo en tu declaración.